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Definición:

La “contaminación visual”, en lo relativo a la comunicación, se podría definir como la rentabilización económica del espacio público con elementos que ensucian el espectro visual a costa de un deterioro en la calidad de vida humana.

Se trata de una agresiva estrategia comunicacional de los grupos de poder mediante la utilización de los espacios públicos y los medios de comunicación para transmitir su ideología y regular los ciclos de consumo que les permiten un “status quo” favorable.
Sin la publicidad y la propaganda el ciudadano conocería alternativas y mensajes de otras culturas o visiones del mundo. La situación de ventaja de los grupos dominantes se vería amenazada ya que se podría modificar la forma de actuar y de pensar de la sociedad hacia caminos menos convenientes para el “sistema”.


Los grupos de poder

La estrategia

Nuestro modo de vida

Si reconocemos la contaminación visual como un problema deberíamos comenzar a defender nuestros derechos:

- El ciudadano tiene derecho a una calidad de vida basada en el disfrute de un entorno visual no contaminado.
- El ciudadano tiene derecho a acceder a la cultura y el entretenimiento sin resultar contaminado con mensajes comerciales e ideológicos de terceros.
- Los espacios naturales y urbanos públicos y los medios de comunicación públicos no deben ser objeto de uso con fines privados.
- El ciudadano debe poder elegir si quiere tener acceso a los mensajes que provienen de los sectores público, privado y social y no estar obligado simplemente por su relación con el entorno.
- Los mensajes deben situarse en los espacios adecuados según el interés de los ciudadanos, no según los intereses de sus emisores.
- La información debe ser de interés público o solicitada por el ciudadano.
- Los ciudadanos (adultos y niños) están expuestos de forma involuntaria a todos los mensajes sin que puedan evitar ser contaminado por éstos.
- El mensaje no solicitado y no deseado es contaminación, ya que interesa sólo al emisor y no al receptor.
- Los mensajes publicitarios encubiertos y subliminales están prohibidos por la legislación española.
- La publicidad camuflada en la producción de la industria audiovisual (películas, canciones, libros, etc.) no está prohibida pero su uso está situado en los límites de la ética.
- Todo mensaje que suponga la alteración brusca del espacio en que aparece, es contaminante: por la interrupción de una película, por la ocultación de la fachada de un edificio, por la sobreimpresión de un texto o imagen sobre una escena en pantalla, por modificarse el aspecto original para adquirir la imagen de marca de una empresa o producto, etc.

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